Rectoría General
El artículo 3 fracción I de la Ley Orgánica, dispone que la Universidad Autónoma Metropolitana tendrá facultades para organizarse dentro de un régimen de desconcentración funcional y administrativa; el artículo 41 fracciones III y V del Reglamento Orgánico señalan como competencia del Rector General conducir las labores de planeación general para el funcionamiento y desarrollo coherente de la Universidad, así como emitir instructivos para el funcionamiento de los servicios de la Rectoría General.